domingo, 23 de agosto de 2015

Proyecto de Ley para la creación de la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas

Esta decisión que tiene que ver con la vida de los ciudadanos y los empresarios, no sólo tiene el valor de un gran capital de reserva de los jubilados, sino que también adquiere un sentido estratégico participar en las decisiones de estas empresas que hacen a la gran macro de la economía.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció que enviará un proyecto de Ley para la creación de un organismo destinado a manejar las acciones de empresas privadas que se encuentran en manos del Estado, y para que una eventual venta de estas tenencias en el futuro requiera de la aprobación de los dos tercios de los integrantes del Congreso.

"Estamos enviando al Congreso un proyecto de Ley para la conformación de la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas”, dijo Fernández de Kirchner.

Esta agencia, una vez creada, será presidida por el director de la ANSES, entidad que maneja en la actualidad estas acciones que les fueron transferidas luego de que se diera de baja el sistema de AFJP y que el sistema previsional pasara nuevamente a manos del Estado.

Anunció además que el proyecto contempla que “para decidir la venta de estos importantes activos de los jubilados y de los trabajadores (en el futuro), ya no bastará con la lapicera de nadie. Tendrá que ser aprobada por las dos terceras partes del Parlamento, para que sea un reaseguro, para que nadie disponga alegremente de los de los bienes de los argentinos”.

La jefa del Estado dijo que el Gobierno argentino no quiere "que nos suceda lo mismo que Grecia”, que transfirió recientemente el manejo de sus aeropuertos a empresas alemanas, como parte del plan de ajuste para pagar las deudas que mantiene con organismos crediticios a través de bienes que se encuentran en manos del Estado heleno.

Detalló que a través del Fondo de Garantías que maneja la ANSES, “los argentinos somos dueños” del 9% de las acciones de Aluar, empresa monopólica en la producción de aluminio; del 3,5% de las acciones de Cresud; del 20% de Molinos; del 27% de la productora y exportadora de limones San Miguel; del 26% de las acciones de Siderar; del 11% de Petrobras; del 64% por ciento de las acciones del Banco Hipotecario; y el 31% de las acciones del Banco Macro.

También están en poder del Estado el 20% de las acciones del Banco de Galicia; el 25% de Nordelta y el 9% del Grupo Clarín.

Todas estas acciones y muchas otras “representan entre el 12 y 15% del total de los 548.000 millones de pesos” que maneja la ANSES a través del Fondo de Sustentabilidad, resaltó Fernández de Kirchner.

EJES DEL PROYECTO DE LEY

  • Garantizar y preservar la sustentabilidad del FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS) 
  • Se declara de interés público a las participaciones accionarias del FGS y del MEyFP, y se prohíbe su transferencia sin autorización expresa de las DOS TERCERAS (2/3) partes del CONGRESO DE LA NACIÓN. 
  • Promover el rol del Estado en la coordinación de la gestión de los Directores en representación del Estado Nacional como accionista.







 VENTAJAS DE LA PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN EMPRESAS

Permite al Estado intervenir activa y positivamente en sectores claves de la economía, tales como el sector energético, financiero, industrial y de servicios, entre otros.




Así se garantiza que el Estado pueda:

• Participar en la elaboración de los planes de inversiones de las empresas, para que sus decisiones también contemplen políticas favorables para el sector.
• Influir en la política de precios de las empresas y, consecuentemente, en los sectores involucrados.
• Tomar conocimiento de reestructuraciones societarias (fusiones y adquisiciones), a los fines de evitar conductas monopólicas o distorsivas de la competencia.

• Fomentar e incentivar la orientación productiva de las empresas.





jueves, 16 de octubre de 2014

Conoce por qué le tenés que pedir a tus concejales que voten la POLICÍA LOCAL


Antecedentes

Desde la Provincia de Buenos aires, se impulsó la creación de la POLICÍA MUNICIPAL.

Se aprobó en Diputados, y pasó al Senado, para convertirla en ley.

Luego de varios cruces, el Senado aprueba el proyecto en general, y debe, según el procedimiento, tratar artículo por artículo en particular. Luego de cinco intentos frustrados, por el retiro del bloque del Frente Renovador (20 senadores, pocos electos por esa fuerza, muchos que se “pasaron”), el proyecto naufragó.

POLICÍA LOCAL

Es entonces, cuando el gobernador Scioli, el 30 de junio de 2014, dicta el decreto n°373/14, a través del cual, instruye al Ministro de Seguridad a crear la Superintendencia de Seguridad Local, en ejercicio de la ley Nº 13482 (LEY DE UNIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES), con el objetivo de fortalecer la prevención del delito a nivel municipal y potenciar la descentralización operativa de la policía.

En consecuencia, el Ministro citado, dicta la resolución N° 835/14, que en sus fundamentos establece:

- la seguridad pública resulta competencia exclusiva del Estado y su mantenimiento le corresponde al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, importando para los ciudadanos, el goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías constitucionales

- el Gobernador instruyó al Ministro de Seguridad, a que cree las Unidades de Policía de Prevención Local, con el objeto de fortalecer la prevención del delito a escala municipal

La resolución en su articulado establece:

ARTÍCULO 1º. Crear las Unidades de Policía de Prevención Local… en aquellos municipios cuyas autoridades decidan suscribir el “Convenio Específico de Conformación y Cooperación”.

Las unidades creadas por la presente serán equipadas, conformadas y financiadas por el presupuesto de la provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º. Establecer que las Unidades de Policía de Prevención Local serán coordinadas por una Superintendencia de Seguridad Local… en el ámbito del Ministerio de Seguridad.

ARTÍCULO 3º. Disponer que las “Unidades de Policía de Prevención Local” actuarán como policía de seguridad en los Municipios de más de setenta mil (70.000) habitantes que adhieran mediante el “Convenio Específico de Conformación y Cooperación” suscripto por el Intendente y ratificado por Ordenanza Municipal.

ARTÍCULO 4º. Invitar a los municipios de la provincia de Buenos Aires alcanzados por las previsiones del artículo precedente, a la suscripción del convenio de adhesión respectivo.

Veamos:

1) La Superintendencia de Seguridad Local, (Creada por decreto 373/14), es un mando general de carácter operativo (Provincial), que tiene por misión coordinar y supervisar la ejecución de tareas vinculadas a la lucha contra el delito urbano en base al “Programa Operativo de Seguridad” diseñado e implementado en cada municipio.

Serán sus funciones:

  • Ejercer la coordinación operativa del personal bajo su mando, para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas ordenadas, en los convenios que oportunamente se suscriban con los municipios.
  • Recibir del Intendente el “Programa Operativo de Seguridad” con las políticas preventivas y las acciones estratégicas propuestas para su municipio.
  • Supervisar el funcionamiento de las “Unidades de Policía de Prevención Local”, con la participación del municipio.
  • Coordinar con las restantes unidades policiales el cumplimiento de las metas asignadas a las “Unidades de Policía de Prevención Local”.


2) Las Unidades de Policía de Prevención local (Creadas por Resolución N° 835/14), tendrán como misión esencial la prevención de delitos y contravenciones, actuando con características de policía de proximidad, coordinando su actuación con los municipios y demás unidades policiales.

El jefe de la “Unidad de Policía de Prevención Local”, será designado por el Ministro de Seguridad, en acuerdo con el Intendente del municipio respectivo.

Serán sus Funciones:

  • Realizar actividades de observación, patrullaje y vigilancia, en las zonas delimitadas por el sistema de seguridad establecido a nivel provincial.
  • Efectuar la prevención primaria, con un conocimiento cabal del sector barrial sobre el cual trabaja.
  • Implementar mecanismos de disuasión frente a actitudes y hechos delictivos o contravencionales.
  • Hacer cesar la comisión de delitos y contravenciones e impedir sus consecuencias.
  • Intervenir en los conflictos relacionados con la violencia de género, a cuyo fin serán dotados con un sistema de comunicaciones diferenciado, vehículos identificables, participación de personal femenino, y los recursos materiales necesarios para un efectivo tratamiento de dicha problemática.
  • Impedir que los hechos delictivos o contravencionales, tentados o cometidos, produzcan consecuencias delictivas ulteriores.
  • Establecer una relación estrecha con la comunidad en la labor preventiva.
  • Colaborar con las tareas de análisis preventivo, en base a mapas delictivos que se deberán confeccionar y mantener actualizados.
  • Coordinar el esfuerzo policial con el resto de los agentes que intervienen en la comunidad.
  • Prestar auxilio u orientación, en la medida de lo necesario, a todo vecino que así lo requiera.


Importante:

El “Convenio Específico de Conformación y Cooperación” a suscribirse con los Intendentes Municipales deberá establecer los criterios técnicos, fijar los cronogramas y plazos, acordar la asistencia técnica que se requiera, y detallar las acciones a desarrollar para el cumplimiento de las disposiciones de la presente resolución.

Asimismo, deberán precisarse los objetivos mínimos referidos a las tareas de prevención desarrolladas por parte de las “Unidades de Policía de Prevención Local”.

El diseño y la ejecución de las políticas y/o estrategias de seguridad local serán concertados y programados en el ámbito de la Mesa de Coordinación Operativa Local, integrada por: El Intendente Municipal, El Coordinador Operativo (designado por el Ministerio a propuesta del Intendente), y El Jefe de la Unidad de Policía de Prevención Local.

Funciones de la Mesa de Coordinación Operativa Local:

  • Analizar los aspectos funcionales y operativos respecto de la implementación de estrategias locales de seguridad preventiva.
  • Asegurar el intercambio de información entre las instituciones policiales que actúen en el municipio de referencia.
  • Asegurar la coordinación operativa de las actuaciones llevadas a cabo por las instituciones policiales que actúen en el municipio de referencia.
  • Planificar las actuaciones conjuntas o coordinadas entre las instituciones policiales que actúen en el municipio de referencia.
  • Efectuar el análisis del mapa del delito.


Finalmente cada Intendente que haya adherido al “Convenio Específico de Conformación y Cooperación” podrá diseñar un “Programa Operativo de Seguridad”, que contendrá las políticas preventivas y las acciones estratégicas propuestas para su distrito, cuya implementación y ejecución estará a cargo del Jefe de la “Unidad de Policía de Prevención Local”, con la finalidad de delinear y aplicar políticas homogéneas de prevención, generales y particulares en todos los municipios.

Los Municipios podrán realizar aportes a acordar en el “Convenio Especifico de Conformación y Cooperación”. Los apoyos financieros, logísticos y humanos que asigne el Intendente para el accionar operativo de la fuerza serán coordinados con el Ministerio de Seguridad.

Como será en el Partido de la Costa?

DICE EL INTENDENTE Juan Pablo de Jesús:
"Como ha sido desde el primer día de gestión, nuestro compromiso es con la seguridad, con la lucha contra el delito y contra la droga, y hemos dado ya muestras de eso. Ahora queremos seguir sumando responsabilidades, y que éstas sean aún más claras", y señaló en este sentido que espera para ello, "el acompañamiento de todos".
"Esta iniciativa tiene que ser una política de Estado, y nos tiene que encontrar a todos los que queremos tener mejor calidad de vida y construir un Partido de La Costa mejor" sostuvo.

En agosto, el intendente y el gobernador Daniel Scioli firmaron el acta de adhesión del partido de La Costa al régimen de Policía Local. La puesta en marcha definitiva de esa nueva fuerza en el distrito requiere la homologación del convenio por parte del departamento deliberativo.
 "Para nosotros la policía local va a ser una acción muy importante en la lucha contra el delito y la droga en nuestro distrito. Es una policía que va a tener mucha cercanía con el vecino y que va a estar orientada a la prevención del delito, y que además va a tener todas las funciones que tiene la policía de la provincia", explicó de Jesús y destacó que, de aprobarse el proyecto, La Costa contará en agosto del año que viene con "cerca de 900 efectivos policiales".
"La policía local, sumado a los efectivos que ya han egresado de esta Escuela y lo que egresarán a fin de este año, va a permitir tener mayor presencia policial, mayor patrullaje, mayor control en los accesos, poder tener 50 patrullas policiales haciendo recorridos las 24 horas del día, y va a significar poder contar con nuevos destacamentos, subcomisarías y comisarías”

Mira las imágenes adjuntas.














domingo, 31 de agosto de 2014

CONTROL SATELITAL PESCA COMERCIAL

LA PLATA, 29 de Septiembre de 2004

VISTO: 
la Disposición Nro. 2/03 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, perteneciente a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DE LA NACIÓN, referida a la creación de un sistema de posicionamiento satelital para la flota que opera en aguas de Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:                                                                    

QUE la Disposición 2/03 de referencia encuentra sus fundamentos en la Ley Federal de Pesca 24.922, el Decreto 748/99 reglamentario de la misma, la Resolución 6/02 del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, las Actas Nros. 38/02 y 27/03, ambas del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO;

QUE conforme la Disposición 2/03, resulta conveniente la incorporación de un sistema de posicionamiento de la flota pesquera, con el fin de contar con un control más eficaz de los buques habilitados para desarrollar tareas de pesca en las distintas Jurisdicciones, de acuerdo a lo manifestado mediante Acta N° 27/03 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO;

QUE el Artículo 1° de la Disposición 2/03 crea el Sistema de Posicionamiento de Buques Pesqueros, reglamentada por el ANEXO que forma parte integrante de la misma;

QUE la Disposición de marras expresa en uno de sus Considerandos que, dado el carácter Provincial de la actividad pesquera artesanal, se estima pertinente excluir a esta flota de los alcances de la Disposición 2/03, a la vez que invita a las Provincias con litoral marítimo a que estudien y en su caso reglamenten la inclusión de tales buques en el sistema que se pone en funcionamiento por la mencionada Disposición;

QUE en su consecuencia el Articulo 2° de la citada norma excluye de los alcances de la misma a la flota artesanal, definiendo como tal a la alcanzada por la Resolución 3/00 del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO; siendo que su Artículo 3° invita a las Provincias con litoral marítimo a que reglamenten la inclusión de los buques pertenecientes a dicha flota en el sistema que se pone en funcionamiento por dicha Disposición;

QUE en esta inteligencia se estima conveniente aceptar la invitación a las provincias enunciadas en el Art. 3º de la Disposición Nº 2/03, pero en el marco y alcance de la propia normativa provincial;

QUE a instancias del contenido de los Considerandos precedentes, la Dirección Provincial de Actividades Pesqueras de la Provincia de Buenos Aires originó el Expediente 2590-589/03, mediante el cual la Autoridad de Aplicación Provincial realizó los estudios pertinentes  a fin de adherir a la implementación del Sistema de Posicionamiento Satelital de buques pesqueros  que fuera creado por la Disposición 2/03 mencionada en el VISTO;
                              
QUE de los estudios y antecedentes mencionados se concluye que es conveniente excluir de la obligatoriedad de cumplimentar con ese sistema de contralor a la flota artesanal que opera en Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires;

QUE la flota artesanal ha sido definida por el Acto Resolutivo SSAP Nº 379/00, como: “aquellas embarcaciones descubiertas sin límite de eslora y cubiertas hasta 13 metros de eslora”;

QUE la Subsecretaría de Actividades Pesqueras considera prioritario contar con estos mecanismos de control conducentes al cumplimiento de las normas vigentes y a fin de propender a la conservación de los recursos pesqueros;

QUE en este marco conforme al Acta Convenio firmada entre la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación, representada por su Titular, el Sr. Gerardo Enrique Nieto y la Subsecretaría de Actividades Pesqueras de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Titular, el Sr. Oscar Angel Fortunato, con fecha 26 de febrero del corriente año, se acuerda determinar un plazo máximo de hasta 90 (noventa) días, a la flota que despacha como “rada-ría” en los puertos de la provincia de Buenos Aires para implementar el Sistema de Monitoreo Satelital;

QUE cumplido el plazo máximo estipulado en el Acta mencionada, se firmó una nueva Acta Convenio con fecha 21 de julio de 2004, entre los mismos Representantes mencionados en el considerando anterior, por la cual se acordó que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura accedió a prorrogar el plazo por última vez hasta el 15 de septiembre de 2004, para que la flota con menos de DIECINUEVE METROS CON TREINTA CENTÍMETROS (19,30 metros) de eslora cumplan con la obligación impuesta por la Disposición N° 2/03 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, SISTEMA DE POSICIONAMIENTO DE BUQUES PESQUEROS;

QUE por nota SSAP Nro. 747/04 de fecha 14 de septiembre de 2004, que fuera firmada entre la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, representada por su Titular, el Sr. Gerardo Enrique Nieto y la Subsecretaría de Actividades Pesqueras de la Provincia de Buenos Aires representada por su Titular, el Sr. Oscar Angel Fortunato,  donde el Sr. Subsecretario Gerardo Enrique Nieto amplia la vigencia por veinte (20) días contados a partir del 15 de septiembre de 2004 de la prorroga oportunamente otorgada para la puesta en vigencia del Sistema de Control Satelital de la flota que despacha como “rada-ría” y las costeras menores a DIECINUEVE METROS CON TREINTA CENTÍMETROS (19,30 metros) de eslora, en los puertos de la provincia de Buenos Aires;

Que vistos los Considerandos del Decreto 748/99 Reglamentario de la Ley Federal de Pesca 24.922 dice que: “se incluyen previsiones respecto de la naturaleza y facultades del Consejo federal Pesquero, órgano de carácter interjurisdiccional integrado por representantes de la Nación y de las Provincias con litoral marítimo, creado por el Articulo 8º de la Ley Nº 24.922, delimitando sus relaciones con la autoridad de aplicación de dicha ley”;

Que el articulo 4 del Decreto 748/99 dice: “Las decisiones que adopte y las resoluciones que dicte el Consejo Federal Pesquero, como las medidas que disponga la autoridad de aplicación a requerimiento de aquel, serán obligatorias para la Nación y las Provincias con litoral marítimo”;

Que esta medida tiene apoyo de la  Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, quien mediante la declaración que  fuera aprobada el día 9/9/04 y que tramitó por exp. D- 1848/04-05 que consideró: “Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo provincial instruyera a la Subsecretaria de Actividades Pesqueras de la Provincia a fin que todas las embarcaciones de pesca que operen en aguas provinciales, a excepción de la flota artesanal, cuenten con sistema de control satelital, a la brevedad posible”;

Que sumado a todo lo antes expuesto es uno de los fundamentos para el dictado de la presente, las adhesiones recibidas de autoridades locales y de representantes de las fuerzas vivas de localidades costeras de la provincia de Buenos Aires;

Que esta Subsecretaria de Actividades Pesqueras  resulta competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95;

Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE ACTIVIDADES PESQUERAS

RESUELVE

ARTICULO 1: En el marco de la legislación de la Provincia de Buenos Aires vigente y
------------------- aplicable en la materia, se acepta  la    invitación    cursada  a  las  provincias    por  el  Art. 3º de la Disposición Nº 2/03 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, perteneciente a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DE LA NACIÓN, en los términos y alcance de la Resolución de esta Subsecretaria de Actividades Pesqueras provincial SSAP Nº 379/00.-

ARTICULO 2°:  Para  dar  cumplimiento  a  lo  dispuesto  en  el  Art. 1 se exceptúa de los
 -------------------  alcances de la  Disposición 2/03 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, perteneciente a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTOS DE LA NACIÓN, a las embarcaciones artesanales de la Provincia de Buenos Aires, definidas por el Acto Resolutivo SSAP 379/00 que define como “aquellas descubiertas sin límite de eslora y cubiertas hasta los 13 metros”.-

ARTICULO 3º: Establecer  un   plazo  máximo de 30 días corridos contados a partir de la publicación de
------------------- la presente Resolución en el Boletín Oficial a fin que los destinatarios de la norma, cumplan con lo dispuesto en el Art. 2 de la presente.-

ARTICULO 4: Las    violaciones   a   lo   dispuesto   en   la  presente   Resolución,    serán  consideradas
------------------ falta grave, y harán aplicables las sanciones previstas en el la Ley 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/95.-

ARTICULO 5: La   presente   Resolución   entrara   en   vigencia  a  partir  del  día  de   su 
------------------ publicación en el Boletín Oficial.-

ARTÍCULO 6°: Notifíquese  a  la  Prefectura  Naval  Argentina  para  su  conocimiento  y control.-


ARTICULO 7°: Regístrese, Dése a conocimiento general a través de su publicación en el Boletín Oficial
------------------- de la Provincia de Buenos Aires, Comuníquese, fecho,  Archívese.-


RESOLUCION SSAP Nº 538



Fdo: Oscar Angel Fortunato
Subsecretaría de Actividades Pesqueras

Ministerio de Asuntos Agrarios

martes, 25 de febrero de 2014

III Plenario de Políticas Públicas “Primero la Patria”



Las dos primeras ediciones del encuentro, realizadas en noviembre de 2011 y en febrero de 2013 respetivamente y los Foros de Debate para una Seguridad Democrática –como así también la construcción colectiva de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual- imprimieron una nueva impronta institucional de cara a la ciudanía.
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El día miércoles 26 de Febrero de 2014 se llevará a cabo el 3er Plenario de Políticas Públicas para la provincia de Buenos Aires “PRIMERO LA PATRIA”, en el Predio del Club Atlético Banfield ubicado en Camino de Cintura y Zuviría, Luis Guillón, organizado por el Vice Gobernador de la provincia de Buenos Aires, Gabriel Mariotto.

La actividad tiene sus antecedentes en el Primer Plenario –Buenos Aires en el Proyecto Nacional - Encuentro por las Políticas Públicas para la provincia de Buenos Aires, realizado el 25 de noviembre de 2011 en Esteban Echeverría del que participaron más de tres mil personas- y el Segundo Plenario de Políticas Públicas para la provincia de Buenos Aires, realizado el 28 de febrero de 2013 en el Predio del Club Atlético Banfield del que participaron más de ocho mil personas.

Asimismo encuentra un antecedente muy importante a nivel nacional, en la construcción colectiva de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y a nivel provincial en los Foros de Debate para una Seguridad Democrática que concluyeron con la sanción de la Ley de Creación de la Policía Judicial, entre otras.  

La experiencia de los Plenarios y los Foros, imprime en este encuentro una nueva impronta institucional. Varias de las propuestas que surgieron de los aportes y conclusiones a las que arribaron las comisiones de trabajo en el marco de dichos plenarios, fueron debatidas en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, siendo aprobadas y convertidas en Ley, como el Cuerpo de Investigadores Judiciales (Policía Judicial), la Ley de Acceso Justo al Hábitat, la Emergencia Social en materia de Violencia de Género, entre muchas otras iniciativas y muchas otras propuestas se tradujeron en Proyectos de Ley que han obtenido media sanción en el Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires o se encuentran en trámite, como la Plataforma de Soberanía Ambiental que cuenta con 19 proyectos de Ley en trámite de los cuales 2 han obtenido media sanción.


El impacto de estos Plenarios se traduce y vislumbra en la cantidad de iniciativas legislativas que dan cuenta de ello, en total unas 300 iniciativas (entre Leyes, Proyectos de Ley con media sanción, Proyectos en trámite y otras como los Foros de debate de Políticas públicas, Audiencias Públicas y demás actividades de la HCS) fueron receptadas por el Honorable Senado de la provincia durante los años 2012 y 2013 como resultado de los Plenarios de Políticas Públicas donde académicos, científicos, profesionales, funcionarios, legisladores, jueces, defensores, fiscales, religiosos, trabajadores y miles de personas a título individual o nucleadas en asociaciones, ONG´s, sindicatos, cooperativas, PyMES, etc  debaten y proponen un modelo de provincia y de país. 

De allí, el objetivo central de este Tercer Encuentro es continuar con la construcción de nuevos espacios de participación ciudadana, haciendo un modelo de gestión más inclusivo tanto desde sus contenidos como de sus formas, con el fin de debatir diferentes propuestas que profundicen el proyecto político y en el convencimiento de que las mejores leyes son producto de la participación popular y el debate permanente y que solo así toman arraigo social y se hacen protagonistas.

Metodología de inscripción y acreditación

Para formar parte de la actividad, los interesados deberán ingresar a la página www.plenarioba.com.ar para realizar su acreditación. Allí consignarán sus datos personales y podrán elegir entre la o las comisión/es en las que deseen participar, pudiendo además aportar líneas de debates a ser tratadas el día del plenario.

Programa
El encuentro comenzará a las 11:00 horas, con el desarrollo de la verificación de los datos ingresados en la acreditación digital y la acreditación presencial  para aquellos que no pudieron hacerlo vía web y el ingreso de los participantes.

A partir de las 11:00, se llevará adelante durante cuatro horas el debate en cada una de las siguientes comisiones:
  • Políticas de Seguridad.
  • Nuevos Derechos y Ampliación de Ciudadanía.
  • Servicios Públicos Esenciales.
  • Federalismo y Coparticipación.
  • Nuevos Desafíos Ambientales.
  • Justicia y Derechos Humanos.
  • Educación de Calidad y Desarrollo.
  • Políticas para el Desarrollo Estratégico.
  • Soberanía Energética.
  • La Economía en el Contexto Nacional e Internacional.

Durante el transcurso de toda la jornada, en el predio habrá un espacio destinado a la exposición en stands de las actividades que llevan adelante distintas instituciones y organizaciones.

Asimismo habrá en el predio un escenario alternativo en el cual se presentarán eventos artísticos.

Funcionamiento de las Comisiones
Las comisiones estarán a cargo de un Coordinador que recepcionará las propuestas que pueden enviarse con anterioridad a la página web: www.plenarioba.com.ar.  Además organizará el funcionamiento de las comisiones durante el plenario y moderará las intervenciones durante el debate de modo de garantizar la pluralidad en las propuestas y aportes que hagan los participantes.

Un Relator será facultado para realizar la síntesis final que será expuesta en el cierre de la actividad.

Cierre del Encuentro

El cierre previsto para las 18, contará con la presencia de gobernadores, funcionarios nacionales y provinciales, dirigentes políticos latinoamericanos y europeos. Allí se presentarán las conclusiones finales del III Encuentro de Políticas Públicas para la provincia de Buenos Aires, las cuales serán utilizadas como insumos para la labor parlamentaria del corriente año.

Mas información: 
http://plenarioba.com.ar/



viernes, 14 de febrero de 2014

Manipulación de imágenes y guerra psicológica en las redes




La administración criminal de la información y la ignorancia controlada por la lógica farandulera del espectáculo y el estímulo de lo más básico, tiene responsables directos. Sería bueno situar también a quienes promueven un clima que se vende demasiado barato y bien como producto de exportación.

Ucrania, Egipto, Chile, el mismo pasado inmediato en Venezuela. La aparente “libertad informativa” de internet no excluye una intoxicación avasallante en las redes sociales.

A tres recursos corresponde el grado de eficacia: 
1) la ignorancia de un público cautivo que dé por sentado la veracidad inmediata de las fuentes y de la imagen en sí, 
2) la condición “efímera” de la circulación informativa en especial en redes sociales: su golpe es inmediato y se esfuerza por no dar lugar a ninguna capacidad reflexiva o de contraste que cuestione a una imagen en particular, 
3) la sumisión a una lógica del espectáculo que de la misma forma que intoxica por la vía de las redes lo hace a través del resto de la plataforma mediática (prensa, televisión) que suprima todo contexto a una fotografía o video en particular.
A ello se debe que la eficacia inmediatista de imponer una sola narrativa interesada y excluyente a los acontecimientos que vienen desarrollándose en la Venezuela Bolivariana haya sido relativa: Lo que en el argot del mercadeo informativo llaman “consumidor de noticias” venezolano cuenta con una experiencia acumulada y científicamente certificada.

Es consustancial a los nuevos tiempos que un sector respetable de la población no caiga a la primera en estos asedios inmediatos y logre procesar y cuestionar lo que algunos pretenden vender como “información”. Quince años de experiencia lo certifican.

Pero así como aquí existen herramientas y capacidad para desmantelar esta clase de agresiones psicológicas, una suerte de cayapa [gregarismo] mediática –por encima de la habitual-, de ninguna manera se puede afirmar que el efecto se está contrarrestando a lo externo, desde la percepción internacional.



El acuerdo mutuo y medio implícito de los medios de comunicación internacionales sumados a la agenda golpista, mantienen la tensión para elaborar la imagen de una Venezuela repotenciadamente caotizada, retratando en términos simples y elementales el conflicto en desarrollo (el gobierno totalitario y despótico contra la pureza estudiantil), mientras ocultan olímpicamente los factores silenciosos que se mueven actualmente a la sombra y al servicio de los intereses de siempre.

Este relato impuesto lo nutre centralmente esa clase de falsificaciones, la agresión simbólica y psicológica, la supuesta opulencia informática que en su velocidad y cantidad de producción genera aturdimiento, porque el signo de estos conflictos es que así haya en apariencia demasiada información no se tiene nada claro.
  


La supresión de alguna referencia que concrete de cuándo es una foto, o dejar boletamente (de forma indiscreta) símbolos obsoletos, como las imágenes que circulan con los de la PM en 2009, componen una suma cuyo propósito central puertas afuera es acentuar la narrativa, mientras que puertas adentro, además de desinformar, es en sí misma una táctica dilatoria, la maniobra de distracción hacia los puntos neurálgicos de la conspiración y los grupos de choque. 



 Recopilar las imágenes que ya han sido desmontadas y que también circulan en las redes funciona como ejercicio para detectar más fotos en el mar de leva de las redes sociales. La administración criminal de la información y la ignorancia controlada por la lógica frandulera del espectáculo y el estímulo de lo más básico tienen autores, promotores, responsables directos. Así como aquí reunimos ejemplos de desmontajes, bueno sería que nos pongamos a situar a los que promueven un clima que no moviliza, pero que se vende demasiado barato y bien como producto de exportación.

Fuente: http://misionverdad.com/?p=3833

sábado, 2 de marzo de 2013

"NESTOR KIRCHNER LA PELICULA"





Néstor Kirchner, la película, es una experiencia que excede el relato documental y construye, a partir de una narrativa poética, íntima y sensible, la epopeya política del hombre que condujo la transformación social más importante del país en el último medio siglo.

La película se despliega en el inédito testimonio de sus familiares, en el emotivo relato de aquellos que sintieron que su vida tenía otra oportunidad, en el devenir y la tensión de los acontecimientos sociales y políticos que ya han marcado a fuego nuestra primera década del siglo XXI, en los interminables caminos del sur de la patria y en las multitudes militantes de las que Néstor fue protagonista.

Cobijada en la música de Gustavo Santaolalla, rodeada por la inmensidad de los cielos patagónicos y por el aliento cercano de las barriadas populares, la figura de Néstor Kirchner surge como un catalizador de época, y como el centro de una aventura humana y política que todavía está desarrollándose.

Dirección: Paula de Luque
Guión: Paula de Luque



"Néstor Kirchner, la película", un bodrio antológico
PorHUMBERTO ACCIARRESSI

Es casi imposible encontrar un bodrio que provoque más vergüenza ajena que "Néstor Kirchner, la película". El peronismo documental, que supo tener directores de la tal a de Pino Solanas y Leonardo Favio, a veces tendenciosos pero siempre honestos, se vino definitivamente en falsa escuadra, parafraseando a Discépolo. La Argentina, con un cine de ida y vuelta y no siempre de calidad, sí se ha caracterizado por la extraordinaria cantidad de documentalistas de todas las ideologías.

En medio de esa riqueza cultural, hizo su aparición "Néstor Kirchner, la película". Que de película no tiene nada, a pesar de que se distribuyó en casi cien salas del país, algo inédito. Los cines con todas las entradas vendidas (compradas por los punteros) y las butacas vacías, son apenas una triste avivada.

Las películas aduladoras del nazismo realizadas por Leni Riefenstahl tienen, por lo menos, una intención estética para una propaganda destinada a justificar la muerte. Esta porquería dirigida por la tal Paula de Luque (quien reemplazó a Adrián Caetano, que quiso ser honesto sin renunciar a su ideario K), es un lamentable collage de avisos publicitarios, discurso con imágenes, videos familiares y una historia que no resiste análisis. Hay cosas superiores entre las mediocridades de You Tube.

Esta "no película" tampoco cumple su rol de propaganda, ya que no convence a nadie. Todos saben qué hicieron los Kirchner durante la dictadura y que Néstor no sólo no inventó "la" revolución sino que ni siquiera fue un revolucionario. Y ahora su film ya está décimo en la taquilla y en la última semana la vieron apenas 557 personas en 24 salas. Con lo cual hay que deducir que no la ven ni los kirchneristas. Lamentable.